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CIUDADANÍA ITALIANA: FALLO HISTÓRICO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL ELIMINA RESTRICCIÓN DE TRANSMISIÓN DE NACIONALIDAD POR LÍNEA MATERNA ANTERIOR A 1948.

  • Foto del escritor: Victoria Gonzalez
    Victoria Gonzalez
  • 25 ago
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 30 ago


Ciudadania Italiana
Esta Decisión de la Corte Constitucional Italiana es un acto de justicia y equidad histórica...


El 31 de julio de 2025, la Corte Constitucional Italiana emitió una sentencia trascendental que transforma el panorama de la ciudadanía italiana por descendencia (iure sanguinis).


La Corte reafirmó que la ciudadanía por descendencia es:


  • Un derecho permanente e imprescriptible;


  • No está limitado por el tiempo, la distancia generacional o el género del progenitor;


  • Es igualmente válida cuando la transmisión proviene de la línea paterna o materna.


Además, el tribunal estableció que cualquier intento de restringir la ciudadanía a determinados grados de parentesco compete exclusivamente al poder legislativo y no a los jueces.


Transmisión Materna Pre-1948: ¿Qué cambió?


Hasta antes de esta sentencia, los descendientes nacidos antes del 1 de enero de 1948 a través de madre italiana enfrentaban un trato desigual: los consulados rechazaban sus solicitudes y la única vía posible era un recurso judicial (ricorso).


Con esta nueva sentencia jurisprudencial, esta restricción desaparece:


  • Ahora estos descendientes pueden tramitar la reconocimiento de ciudadanía por vía administrativa, en igualdad de condiciones que quienes nacieron después de 1948.


  • El procedimiento judicial sigue existiendo, pero ahora es opcional y no obligatorio.



Antecedentes del Trámite de Solicitud de Ciudadanía Italiana


Antes, el Criterio Jurisprudencial de la Corte de Casación No. 4466/2009 reconocía que la ciudadanía por línea materna era un derecho “inviolable”, pero exigía que se hiciera valer formalmente ante los tribunales, debido a los límites del principio de retroactividad.


Esto obligaba a muchas familias a procesos largos y costosos. Además, los consulados aplicaban criterios inconsistentes -por no decir arbitrarios- en distintas partes del mundo.


Con el nuevo criterio de la Corte Constitucional en 2025, se elimina esta medida discriminatoria y se garantiza la plena igualdad entre líneas paternas y maternas.


Este criterio jurisprudencial constituye un cambio histórico para miles de descendientes de ciudadanos italianos:


  • Procedimientos más rápidos y menos costosos sin necesidad de litigar.


  • Igualdad generacional: la ciudadanía ya no depende de si proviene de madre o padre, antes o después de 1948.


  • Certeza jurídica y consular: los consulados italianos en el mundo ahora cuentan con un criterio claro y uniforme.


Si consideras que puedes ser elegible para la ciudadanía italiana por descendencia materna:


  1. Arma tu expediente familiar: (actas de nacimiento, matrimonio, naturalización).


  2. Verifica tu línea de descendencia: ya no importa si es materna o paterna, ni la fecha de nacimiento.


  3. Prepara tu expediente administrativo para presentarlo ante el consulado italiano competente.


  4. La vía de litigio solo es necesaria en casos complejos.



Esta Decisión de la Corte Constitucional Italiana es un acto de justicia y equidad histórica:


Reafirma que la ciudadanía italiana por descendencia es un derecho permanente, igualitario y reconocido en todas sus líneas, consolidando así la seguridad jurídica de miles de familias en México y en el mundo.


Como firma internacional de abogados especializada en derecho internacional, estamos listos para asesorar a familias y particulares en este nuevo escenario.


Contáctanos para evaluar tu caso y acompañarte en el reconocimiento de tu ciudadanía italiana.

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