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ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD FRANCESA

Guía Básica I

ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD FRANCESA POR
FILIACIÓN-PARENTESCO ("DERECHO DE SANGRE").

Transmisión de la nacionalidad por los padres o abuelos y 

medios de prueba de la filiación. 

POR LA NACIONALIDAD DE LOS PADRES:

La nacionalidad francesa de un infante, nacido o no en Francia, depende principalmente de la nacionalidad de sus padres.

 

En virtud del art. 18 del Código Civil francés, un infante es francés de nacimiento, es decir, por descendencia, si al menos uno de sus progenitores es francés (a la fecha de su nacimiento), e independientemente de que el infante haya nacido en Francia o en el extranjero.

 

La nacionalidad del progenitor se establece el día del nacimiento del niño y durante su minoría de edad.

 

Asimismo, es irrelevante si los padres están casados o no, siempre que la filiación del niño se establezca legalmente con respecto al progenitor francés.

POR LA NACIONALIDAD DE LOS ABUELOS:

¿Tiene usted ascendientes franceses? ¿Usted y su familia llevan mucho tiempo establecidos en el extranjero y desea saber si ha conservado o perdido el beneficio de la nacionalidad francesa por "desuso"?

La Corte de Casación francesa aclaró la normativa aplicable en una sentencia de 17 de mayo de 2023 al establecer que el concepto de "ascendientes" previsto en el artículo 30-3 del Código Civil es más amplio que el de "padre y madre", y que el hecho de que los "ascendientes" hayan vivido en el extranjero durante más de medio siglo no se aprecia únicamente en relación con el padre y la madre.

Conforme a esta sentencia, la Corte de Casación aclaró, por primera vez, que la noción de "ascendiente" del artículo 30-3 del Código Civil incluye a los abuelos. No obstante, los solicitantes de la nacionalidad en virtud de este supuesto jurídico, aún deberán de aportar la prueba de que el abuelo o la abuela, o ambos, establecieron su residencia habitual en Francia durante un periodo mínimo de 50 años.

 

Asimismo, los demás requisitos previstos en artículo 30-3 del Código Civil permanecen exigibles:

 

" Cuando un individuo resida o haya residido habitualmente en el extranjero, donde los ascendientes cuya nacionalidad posea por ascendencia hayan permanecido durante más de medio siglo, este individuo no podrá probar que posee la nacionalidad francesa por ascendencia si ni él ni el padre o la madre que pudieron transmitírsela poseían la nacionalidad francesa.

 

En este caso, el tribunal deberá declarar la pérdida de la nacionalidad francesa, en los términos del artículo 23-6 ".

MEDIOS DE PRUEBA DE LA FILIACIÓN:

En materia de nacionalidad, es necesario establecer una relación de parentesco-filiación con un ascendiente francés, durante la minoría de edad del descendiente.

 

La prueba de la filiación puede aportarse mediante:

 

  • Acta de nacimiento;

  • Acta de reconocimiento;

  • La posesión de la Condición de Hijo(a): “état d’enfant”;

  • Sentencia judicial.

¿CUÁLES ELEMENTOS CONSTITUYEN LA “CONDICIÓN DE HIJO(A)"?

Este estatus se establece mediante varias circunstancias o elementos de hecho y derecho que prueban una relación de filiación y parentesco entre una persona y la familia a la cual se considera que pertenece:

 

  • Que el o la solicitante hayan sido tratados por la persona o personas de quienes se declara que proceden como sus hijos y que los hayan tratado como su progenitor o progenitores;

  • Que, en dicha calidad de progenitores, éstos se hayan ocupado o se ocupen actualmente de su educación y manutención;

  • Que el o la solicitante son reconocidos como sus hijos ante la sociedad y la misma familia;

  • Que también sean considerados como tales por la autoridad pública;

  • Que lleven el apellido de la persona o personas de quienes afirman ser descendientes.

 

Excepción:

 

Si el infante y su padre y su madre, o incluso solo uno de ellos, tuviesen su residencia habitual en Francia, ya sea conjuntamente o por separado (en caso de divorcio/separación), la posesión de la “Condición de Hijo(a)” produce todos sus efectos en virtud del derecho francés, aun si los demás elementos para establecer la filiación pudiesen derivar de un derecho extranjero.

EFECTOS DE LA ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD FRANCESA POR PARTE DE UN PROGENITOR

Adquisición de la nacionalidad francesa posteriormente al nacimiento y durante la minoría de edad de un infante:

Un(a) hijo(a) menor de edad se convierte en francés cuando uno de sus progenitores adquiere la nacionalidad francesa, siempre y cuando se cumplan 2 condiciones:

•    El(la) menor vive habitualmente con este progenitor (o alternativamente en caso de divorcio o separación)
•    El nombre del(a) menor figura en el Decreto de Naturalización o la Declaración de Nacionalidad Francesa del progenitor (ya sea por matrimonio, ascendiente, hermano o hermana).

 

Es posible solicitar la naturalización para aquello(a)s hijo(a)s extranjero(a)s, menores de edad y soltero(a)s, siempre y cuando hayan vivido en Francia con ese progenitor, durante al menos 5 años a la fecha de la solicitud (C.Civ. Art. 22-2).

Adquisición de la nacionalidad francesa cuando los hijo(a)s ya son mayores de edad.

Si el progenitor adquiere la nacionalidad francesa cuando los hijos ya son mayores de edad, no tiene ningún efecto sobre la nacionalidad de éstos. La nacionalidad no se transfiere.

ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD FRANCESA POR
NACIMIENTO EN FRANCIA ("DERECHO DE SUELO").

Cuando el simple hecho de nacer en territorio francés no garantiza la adquisición automática de la nacionalidad francesa...

Un infante nacido en Francia se considera francés, si al menos uno de sus progenitores ha nacido allí (independientemente de la nacionalidad), así como también se consideran franceses aquellos infantes nacidos de padres desconocidos.

 

En este segundo caso, es importante mencionar que, si durante la minoría de edad del infante se llegase a establecer su filiación con una persona extranjera y la ley del país de origen de dicha persona estableciera que el infante tendrá la nacionalidad de ésta, la ley francesa establece que el infante habrá de considerarse como si nunca hubiese sido francés.

 

Un infante nacido en Francia de padres extranjeros es considerado francés de nacimiento, siempre y cuando se encuentre en una de las circunstancias siguientes:

 

  • Sus padres tienen el estatus de apátrida en Francia;

  • Si las leyes del país de origen de los padres no permitieren de ninguna manera transmitir al infante la nacionalidad de uno u otro de sus padres;

  • Al menos uno de sus progenitores ha nacido en Francia (sea cual sea su nacionalidad) y;

  • Al menos uno de sus progenitores nació en Argelia antes del 3 de julio de 1962.

 

Un infante nacido en Francia de padres extranjeros que se encuentre en alguna circunstancia distinta a las anteriores, puede convertirse en francés a partir de los 13 años, bajo ciertas condiciones.

ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD FRANCESA POR
DECRETO DE NATURALIZACIÓN.

Cuando hemos establecido nuestro centro de intereses en Francia de manera estable...

La Naturalización por Decreto es un trámite de adquisición de la nacionalidad francesa cuyos requisitos generales son los siguientes:

EDAD:

En principio, los solicitantes deben ser mayores de 18 años. No obstante, la ley francesa permite presentar la solicitud a partir de los 17 años y si esta es aceptada por la autoridad, el solicitante se naturalizará al cumplir los 18 años.

 

Se puede conceder la naturalización a los hijo(a)s menores de edad que tengan la calidad de extranjero(a)s si uno de sus progenitores se ha convertido en francés. Sin embargo, éstos deben de haber vivido en Francia con ese progenitor durante los 5 años previos a la fecha de presentación de la solicitud de naturalización.

RESIDENCIA:

Se requiere contar con una residencia efectiva en Francia a la fecha de firma del decreto (decisión administrativa) de naturalización.

 

Lo anterior implica que los solicitantes deben tener su centro de sus intereses materiales (en particular, sus intereses profesionales) y sus vínculos familiares en Francia.

 

En el caso de solicitantes que residan en Francia pero que sus cónyuges y/o sus hijos vivan en el extranjero, es probable que la autoridad francesa reúse su solicitud de nacionalidad francesa.

 

Periodo mínimo de residencia en Francia: Residencia efectiva en Francia durante al menos 5 años.

 

No obstante lo anterior, la normativa francesa admite algunas excepciones.Esto es, que no se exigirá un periodo mínimo de residencia en Francia si se encuentra en una de las siguientes situaciones, si:

 

  • El solicitante, a la fecha de su solicitud de naturalización, cuenta con el estatus de refugiado;

  • Procede de un país francófono: Bélgica, Benín, Burkina Faso, Burundi, Camerún, Canadá, Comoras, República Centroafricana, República del Congo (Congo-Brazzaville), República Democrática del Congo (Congo-Kinshasa), Costa de Marfil, Yibuti, Gabón, Guinea, Guinea Ecuatorial, Haití, Luxemburgo, Madagascar, Malí, Mónaco, Níger, Ruanda, Senegal, Seychelles, Suiza, Chad, Togo, Vanuatu y habla francés como lengua materna;

  • Procede de un país francófono y ha estudiado 5 años o más en una escuela francófona;

  • Realizó el servicio militar en el ejército francés;

  • Se alistó en el ejército francés o en un ejército aliado en tiempos de guerra;

  • Ha prestado "servicios excepcionales" a la República Francesa.

 

Se requiere un mínimo de 2 años de residencia en Francia si se encuentra en una de las siguientes situaciones:

 

  • Si ha obtenido un título de educación superior emitido por una institución francesa tras 2 años de estudios. También procede en los casos en que el solicitante obtenga 2 títulos/diplomas consecutivos de educación superior otorgados por una universidad francesa (por ejemplo, si el solicitante cursó y aprobó dos maestrías: una por año).

  • Demuestra que puede prestar (o ha prestado) servicios significativos a Francia habida cuenta de sus capacidades y talentos;

  • Ha realizado un programa de integración excepcional (actividades o acciones en los ámbitos cívico, científico, económico, cultural, deportivo, etc.).

  • Tener un permiso de residencia válido a la fecha de presentación de la solicitud. No obstante, no lo necesitará si es ciudadano europeo (EEE): Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía, Suecia o Suiza.

ESTANCIA REGULAR:

No debe haber sido objeto de una orden de expulsión o de prohibición de entrada en el territorio francés aún en vigor.

INTEGRACIÓN CULTURAL:

Se debe demostrar una integración a la comunidad francesa, de las siguientes maneras, por ejemplo:

 

  • Estar de acuerdo con los principios y valores esenciales de la República Francesa;

  • Conocer la historia, cultura y tradiciones de la sociedad francesa (existe un documento llamado: "folleto del ciudadano");

  • Dominio del idioma francés: acreditar un conocimiento suficiente de la lengua francesa.

INTEGRACIÓN PROFESIONAL:

El empleo es una condición esencial para la asimilación y la integración cultural en Francia.

 

La integración profesional significa que los solicitantes deben de contar con ingresos estables y suficientes para mantenerse a sí mismos y a sus dependientes (marido, mujer e hijos a cargo).

NO ANTECEDENTES PENALES:

Demostrar tener buenas costumbres y ausencia de condenas penales: tener una buena reputación. Esto significa, en particular, que no debe haber cometido ningún acto contrario al orden público: todas las normas y principios fundamentales del derecho, tales como:

 

  • Haber sido condenado(a) en Francia a una pena de al menos 6 meses de prisión;

  • Haber sido condenado(a)  por un delito grave: el delito más grave castigado con una pena de prisión (homicidio voluntario o violación, por ejemplo) o un delito leve: un acto prohibido por la ley y castigado con una multa y/o una pena de prisión inferior a 10 años que constituya un atentado contra los intereses fundamentales de la Nación.

  • Haber sido condenado(a)  por un acto de terrorismo.

 

Asimismo, a fin de constituir un expediente más sólido, se recomienda presentar un certificado de no antecedentes penales del país de origen.

ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD FRANCESA POR
ADOPCIÓN.

Adopción y Reconocimiento de Infantes fuera de Francia.

Sólo la Adopción Plena confiere la nacionalidad francesa al nacer.

 

La Adopción Plena (y no la Adopción Simple) confiere una nueva filiación al infante: un vínculo jurídico entre éste y su padre y/o su madre, el cual sustituye a su filiación primaria con su familia de origen/biológica.

 

Una adopción decretada en el extranjero sólo tiene efectos sobre la nacionalidad del infante adoptado si corresponde a una Adopción Plena en Francia. Dicha circunstancia se determinará en función de la aplicación del derecho civil francés.

ADOPCIÓN DE UN INFANTE EN EL EXTRANJERO POR UNA PERSONA DE NACIONALIDAD FRANCESA:

Para facilitar los trámites administrativos en Francia, sobre todo en lo que respecta a la nacionalidad francesa, se recomienda solicitar :

 

  • La transcripción de la sentencia de adopción extranjera en los registros del departamento central del estado civil

  • El exequátur de la sentencia de adopción extranjera ante un tribunal.

 

Las autoridades francesas comprobarán si la resolución de adopción extranjera tiene los efectos de una adopción plena o de una adopción simple en Francia.

Los derechos del menor con respecto a la nacionalidad francesa varían en función de si la adopción es simple o plena.

RECONOCIMIENTO DE UN INFANTE EN EL EXTRANJERO POR UNA PERSONA DE NACIONALIDAD FRANCESA. 

ATENCIÓN:

En los casos en que una persona de nacionalidad francesa procede, con la mejor de las intenciones, a reconocer como suyo(a)s aquellos hijo(a)s de su cónyuge extranjero(a) a fin de simplicar los trámites para trasladar la residencia de toda la familia a Francia, corre un gran riesgo derivado de la normativa francesa en contra del tráfico de infantes.

 

En Francia, el reconocimiento de un infante solo puede hacerse de 2-dos maneras:

 

  • Por filiación biológica.

  • Por adopción (la "Filiación Adoptiva”): en este caso, la adopción debe de decretarse por un juez.

 

Tratándose de un infante ya nacido en Francia no se exige la prueba de vínculo biológico, aunque la probabilidad de impugnación de dicho vínculo biológico por parte del Ministerio Público, permanece durante los 5 años posteriores  al Acta de Reconocimiento. 

Ahora bien, tratándose de un infante nacido en el extranjero, su reconocimiento por parte de un Padre con el cual NO EXISTE UN VÍNCULO BIOLÓGICO, puede ser impugnada por el Ministerio Público francés  y declarada como “fraudulenta”, teniendo como posible consecuencia una multa de 15,000€ y 5 años de prisión.

ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD FRANCESA POR DECLARACIÓN DE NACIONALIDAD.

Cónyuges, ascendientes o hermano(a)s de ciudadano(a)s franceses.

Los requisitos generales para la presentación de la solicitud de adquisición de la nacionalidad francesa por declaración, en los casos de ser cónyuge, ascendiente o hermano(a) de un(a) ciudadano(a) francés, son los siguientes:

DECLARACIÓN DE NACIONALIDAD POR MATRIMONIO:

El cónyuge debe ser francés, tanto a la fecha de celebración del matrimonio como a la fecha de presentación de la solicitud.

 

La duración del matrimonio debe de ser de al menos 4 años, a la fecha de su declaración de nacionalidad francesa.

 

Excepciones al requisito anterior: la exigencia de este periodo puede extenderse hasta 5 años si, desde la fecha de celebración del matrimonio:

 

Si el o la solicitante ha residido en Francia durante menos de 3 años, o si ha vivido en el extranjero mientras su cónyuge francés no ha estado inscrito ante el consulado en el país extranjero de residencia.

 

El matrimonio puede haberse celebrado en Francia o en el extranjero. En este último caso, el acta de matrimonio deberá haber sido transcrita en los registros del estado civil francés, ante la representación consular francesa correspondiente.

 

El o la solicitante debe de haber vivido con su cónyuge de forma ininterrumpida desde su matrimonio o bien, si han debido vivir separados por motivos profesionales, la autoridad solicitará pruebas documentales que acrediten tal circunstancia.

 

Todo solicitante debe tener un permiso de residencia válido a la fecha de presentación de la solicitud, salvo el caso en el o la solicitante tenga una nacionalidad europea.

 

Debe acreditarse el dominio de la lengua francesa: hablar y escribir en francés, así como demostrar un nivel de francés mínimo equivalente al nivel b1 oral y escrito del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas (CERL).

 

Demostrar tener buenas costumbres y ausencia de condenas penales: tener una buena reputación. Esto significa, en particular, que no debe haber cometido ningún acto contrario al orden público: todas las normas y principios fundamentales del derecho, tales como:

 

  • Haber sido condenado(a) en Francia a una pena de al menos 6 meses de prisión;

  • Haber sido condenado(a)  por un delito grave: el delito más grave castigado con una pena de prisión (homicidio voluntario o violación, por ejemplo) o un delito leve: un acto prohibido por la ley y castigado con una multa y/o una pena de prisión inferior a 10 años que constituya un atentado contra los intereses fundamentales de la Nación.

  • Haber sido condenado(a)  por un acto de terrorismo.

 

Asimismo, a fin de constituir un expediente más sólido, se recomienda presentar un certificado de no antecedentes penales del país de origen.

DECLARACIÓN DE NACIONALIDAD POR SER ASCENDIENTE DE UN(A) CIUDADANO(A) FRANCÉS(A)

Tener 65 años o más.

 

Tener un descendiente: Es decir, un hijo, nieto o bisnieto directo de nacionalidad francesa.

 

Haber residido en Francia durante 25 años o más de forma regular y habitual (debe tener un permiso de residencia válido).

 

No haber sido objeto de una orden de expulsión o de prohibición de entrada en el territorio francés.

Mismos requisitos previamente mencionados sobre buenas costumbres y ausencia de condenas penales.

DECLARACIÓN DE NACIONALIDAD POR SER HERMANO(A) DE UN(A) CIUDADANO(A) FRANCÉS(A) 

Todos los requisitos generales siguientes deben de acreditarse, tanto a la fecha de la solicitud, como a la fecha de emisión de la declaración de nacionalidad francesa:

El hermano o hermana del solicitante debe haber nacido en Francia de padres extranjeros.

Su hermano o hermana debe de haber adquirido la nacionalidad francesa por medio de una de las 3 circunstancias siguientes:

  • Al alcanzar la mayoría de edad, en virtud de su residencia habitual en Francia en esa fecha y durante un periodo continuo o discontinuo de al menos 5 años desde su 11º cumpleaños;

  • O bien, a partir de los 16 años, en virtud de la residencia habitual en Francia a la fecha de la declaración de nacionalidad y durante un periodo continuo o discontinuo de al menos 5 años desde los 11 años;

  • O bien, a partir de los 13 años, a petición de los padres, en virtud de la residencia habitual en Francia durante un periodo continuo o discontinuo de al menos 5 años desde los 8 años.

Tener 18 años o más.


Haber vivido en Francia de forma regular desde los 6 años (debe contar con un permiso de residencia válido).

 

No haber sido objeto de una orden de expulsión o de prohibición de entrada en el territorio francés que siga vigente.

 

Haber completado la educación obligatoria en Francia en un centro acreditado por el Estado francés.

 

Mismos requisitos previamente mencionados sobre buenas costumbres y ausencia de condenas penales.

RESTITUCIÓN DE LA NACIONALIDAD FRANCESA POR DECRETO.

Personas extranjeras que alguna vez tuvieron la nacionalidad francesa:

Una persona extranjera que alguna vez tuvo la nacionalidad francesa, puede recuperarla bajo ciertas condiciones.

Excepciones: a aquellas personas que han perdido la nacionalidad por celebración de matrimonio, por ejercer ciertos cargos o mandatos públicos o bien, en virtud de declaración voluntaria, su nacionalidad, se aplica un régimen jurídico y procedimiento diferente.

REQUISITOS A CUMPLIR:

¡ Continuación del artículo en septiembre !

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